Pepe y Ana tienen un hijo
en común.
La guardia y custodia
del menor la tiene atribuida Ana, no obstante, la patria potestad es compartida
por ambos progenitores.
El próximo fin de
semana, que Pepe tendrá al menor en su compañía, quiere realizar un viaje a
Portugal.
¿Necesita Pepe
autorización de Ana para viajar con el menor al extranjero?
Antes de abordar la
cuestión vamos a precisar que los menores que viajen fuera de España deberán
llevar la siguiente documentación:
- Menores españoles: deben portar su Documento Nacional de Identidad en vigor para viajar fuera del territorio nacional y dentro de la Unión Europea, el Espacio Económico Europeo y la Confederación Helvética, o su Pasaporte en vigor si viaja fuera de dichos territorios, los llamados terceros Estados.
- Menores extranjeros: los menores extranjeros que se encuentren en España y quieran salir del territorio nacional deberán portar el Pasaporte de su respectivo estado o Documento de Viaje válido en vigor.
Volvamos a la pregunta
planteada, ¿y si el menor viaja al extranjero no acompañado por uno de sus representantes
legales (progenitores o tutores)?
Cuando un menor de 18
años viaje al extranjero sólo con uno de sus progenitores, si la patria
potestad es compartida, necesitará, además del ya citado Documento Nacional de
Identidad o Pasaporte, de una declaración firmada de permiso de viaje
fuera del territorio nacional.
El citado permiso de
viaje es obligatorio desde el día 1 de septiembre de 2019 y su procedimiento se
regula por la Instrucción 10/2019, de 9 de julio, de la Secretaría de Estado de
Seguridad.
El procedimiento para obtener
el permiso de viaje es el siguiente:
2) Personarse en una Comisaría de Policía
Nacional o en un Puesto de la Guardia Civil.
3) Únicamente es necesaria la comparecencia
de uno de los representantes legales del menor, siempre que posea la potestad,
la capacidad legal oportuna y el consentimiento del otro progenitor, y en su
caso, el de los terceros de los que facilita datos.
4) Para la comprobación de su identidad,
debe llevar consigo un documento de identidad en vigor (DNI o pasaporte) y la
documentación que acredite la filiación y patria potestad del menor (DNI, pasaporte,
libro de familia, etc.).
¿Y los menores extranjeros
que residan en España y quieran salir del territorio nacional con uno solo de
sus progenitores?
En este caso, sus
representantes legales o éstos, en virtud de lo que disponga su respectiva
normativa nacional, deberán acudir a sus autoridades consulares para
cumplimentar la documentación que proceda conforme a su legislación nacional.