VIAJAR CON UN MENOR AL EXTRANJERO



Pepe y Ana tienen un hijo en común.

La guardia y custodia del menor la tiene atribuida Ana, no obstante, la patria potestad es compartida por ambos progenitores.

El próximo fin de semana, que Pepe tendrá al menor en su compañía, quiere realizar un viaje a Portugal.

¿Necesita Pepe autorización de Ana para viajar con el menor al extranjero?

Antes de abordar la cuestión vamos a precisar que los menores que viajen fuera de España deberán llevar la siguiente documentación:
  • Menores españoles: deben portar su Documento Nacional de Identidad en vigor para viajar fuera del territorio nacional y dentro de la Unión Europea, el Espacio Económico Europeo y la Confederación Helvética, o su Pasaporte en vigor si viaja fuera de dichos territorios, los llamados terceros Estados.

  • Menores extranjeros: los menores extranjeros que se encuentren en España y quieran salir del territorio nacional deberán portar el Pasaporte de su respectivo estado o Documento de Viaje válido en vigor.

Volvamos a la pregunta planteada, ¿y si el menor viaja al extranjero no acompañado por uno de sus representantes legales (progenitores o tutores)?

Cuando un menor de 18 años viaje al extranjero sólo con uno de sus progenitores, si la patria potestad es compartida, necesitará, además del ya citado Documento Nacional de Identidad o Pasaporte, de una declaración firmada de permiso de viaje fuera del territorio nacional.

El citado permiso de viaje es obligatorio desde el día 1 de septiembre de 2019 y su procedimiento se regula por la Instrucción 10/2019, de 9 de julio, de la Secretaría de Estado de Seguridad.
El procedimiento para obtener el permiso de viaje es el siguiente:

1) Rellenar al formulario (ver formulario).

2) Personarse en una Comisaría de Policía Nacional o en un Puesto de la Guardia Civil.

3) Únicamente es necesaria la comparecencia de uno de los representantes legales del menor, siempre que posea la potestad, la capacidad legal oportuna y el consentimiento del otro progenitor, y en su caso, el de los terceros de los que facilita datos.

4) Para la comprobación de su identidad, debe llevar consigo un documento de identidad en vigor (DNI o pasaporte) y la documentación que acredite la filiación y patria potestad del menor (DNI, pasaporte, libro de familia, etc.).

¿Y los menores extranjeros que residan en España y quieran salir del territorio nacional con uno solo de sus progenitores?

En este caso, sus representantes legales o éstos, en virtud de lo que disponga su respectiva normativa nacional, deberán acudir a sus autoridades consulares para cumplimentar la documentación que proceda conforme a su legislación nacional.